Desde mañana rige nuevo procedimiento concursal para evitar insolvencia

7 de Junio, 2020

Empresas de todos los tamaños y asociaciones que califiquen al PARC podrán reprogramar obligaciones impagas

Las empresas de todos los tamaños que califiquen para el Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC), podrán reprogramar sus obligaciones impagas a partir de mañana con la entrada en vigencia del reglamento, a fin de evitar la insolvencia por el impacto del coronavirus (covid-19).

Así lo estableció el Ejecutivo a través del Decreto Supremo N°102-2020-PCM, publicado hoy en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano

El Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC) se creó para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del coronavirus (covid-19), a través del cual se habilita a las personas jurídicas comprendidas en la norma, a celebrar con sus acreedores el Plan de Refinanciación Empresarial.

La finalidad es proteger a la empresa, reprogramar sus obligaciones impagas, evitar su insolvencia, la pérdida de negocios y fuentes de empleo, y con ello asegurar la recuperación del crédito y la continuidad en la cadena de pagos en la economía nacional a todo nivel.

El reglamento aprobado y que entra en vigencia a partir de mañana hasta el 31 de diciembre de 2020, permite a las micro, pequeñas, medianas, grandes empresas, incluidas las asociaciones, comprendidas en el artículo 2 de la Ley General del Sistema Concursal, acogerse a los beneficios del PARC mediante los procedimientos detallados. La norma precisa que la autoridad competente para tramitar los PARC, en primera instancia, será la Comisión de Procedimientos Concursales y las Comisiones de las Oficinas Regionales del Indecopi, a las que se haya delegado competencia en materia concursal.

En segunda instancia, resolverá la Sala Especializada en Procedimientos Concursal del Tribunal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

El PARC será tramitado exclusivamente como procedimiento electrónico, permitiendo la realización y celebración de actos de manera electrónica y virtual.

El PARC regulado mediante el presente Reglamento es un procedimiento de evaluación previa, sujeto al silencio administrativo negativo (a falta de decisión del Indecopi se entiende por denegado) respecto al acogimiento al PARC, las solicitudes de reconocimiento de créditos y apelaciones.

El PARC se tramita exclusivamente vía electrónica, y el Indecopi habilita una mesa de partes virtual y los demás mecanismos para la realización de actos no presenciales, y en un plazo de 65 días hábiles con una posible extensión de 39 días hábiles adicionales.

Condiciones

Para que las empresas puedan acogerse al PARC debe cumplir con las siguientes condiciones:

Estar clasificada en el Sistema Financiero, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales”.

En caso de no contar con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” considerando los doce meses previos al otorgamiento del préstamo.

También se considerarán con categoría “Normal” aquellas que no cuenten con ninguna clasificación en los últimos doce meses.

No encontrarse sometida a un procedimiento concursal ordinario, sea a pedido propio o de acreedores, ni a un procedimiento concursal preventivo que se encuentren difundidos en el Boletín Concursal conforme a la Ley General del Sistema Concursal.

Tampoco tener pérdidas acumuladas deducidas las reservas, cuyo importe sea mayor al tercio del capital social pagado o los casos de disolución establecidos en la Ley General de Sociedades.

Formatos

Será obligatorio el uso de formatos para los administrados, bajo aplicación de los apercibimientos previstos en cada caso. Los Formatos son aprobados por la Comisión mediante resolución y puestos a disposición de todos los administrados a través del sitio web del Indecopi (www.indecopi.gob.pe).

La aprobación de la norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Martín Vizcarra, y del jefe del Gabinete ministerial, Vicente Zeballos.

(Fuente: Agencia Andina)

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