Indecopi multa a empresa con más de 100 UIT por importar productos chinos con diseño similar a originales

5 de julio, 2022

Indecopi multó a una empresa peruana por importar pulverizadores de procedencia china en 2021, cuyos diseños eran similares a los que comercializa la empresa Honda. Entérese los detalles en la presente nota. [Resolución Nº 000027-2022/CIN-INDECOPI]

Una empresa peruana fue multada con 100.54 UIT, es decir, lo equivalente a S/ 462 503, aproximadamente, por importar pulverizadores de procedencia china en 2021, cuyos diseños eran similares a los que comercializa la empresa Honda.

¿Cuál fue el caso?

La empresa Honda Motor presentó una denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial contra HCB IMPORT S.A.C., respecto del registro de diseño industrial inscrito con título N° 4056, denominado “EQUIPO MOTORIZADO DE ASPERSIÓN”, o registro DI4056.

Los importadores adujeron no ser responsables, pues la fabricación de los productos se gestionó en China. En ese sentido, emitieron la factura comercial y precisaron que la mercancía arribó al Perú en diciembre de 2021.

Dicho lo anterior, la empresa afirma que en ningún momento comercializó el producto cuestionado con la intención de aprovecharse de la marca y el diseño de Honda, habiendo realizado la compra e importación de éste bajo la creencia plena de no infringir norma alguna.

También sostuvieron que entre el diseño de los productos importados y el de Honda existen algunas diferencias, por lo que no está plenamente probado que el producto adquirido desde China vulnere derechos de propiedad industrial de Honda.

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¿Cómo resolvió Indecopi?

La Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías (Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías) precisó que, si bien existen algunas diferencias sobre la disposición de la manguera en la varilla en ambos diseños y algunos otros elementos, ello constituye una diferencia secundaria o insustancial frente a la presencia de otros elementos afines.

Así, se debe hacer énfasis en que el artículo 129 de la Decisión 486 dispone que los derechos derivados de un registro de diseño industrial también se hacen extensivos contra quien produzca o comercialice un producto cuyo diseño sólo presente diferencias secundarias con respecto al diseño protegido.

Por lo demás, resulta pertinente señalar que, si bien los informes de parte de Honda han identificado ciertas diferencias, ellas han sido presentadas como secundarias, lo que, contrariamente a lo señalado por HCB, no conduce a establecer que la infracción no esté plenamente probada.

Por lo anterior, se establece que el diseño del pulverizador 4 tiempos de código BNPS4035, comercializado por HCB bajo la denominación GX35 Bonelly, se encuentra dentro del ámbito de protección del registro DI4056.

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Fuente: lA LEY  - El Ángulo Legal de la Noticia

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